Para las empresas del sector minero es imprescindible contar con un riguroso sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo (SST), pues son latentes los riesgos de incendio, explosión, derrumbes, intoxicación y demás amenazas en todo momento, viéndose expuestos los trabajadores.
En ese contexto, se encuentra implícita la obligatoriedad en inspeccionar periódicamente los activos de Seguridad y Salud Ocupacional (SSO), como extintores, camillas de emergencia, cinturones de seguridad, botiquines, etc. Vale la pena profundizar al respecto y ver cómo se puede optimizar la tarea con un Software HSE.
Seguridad laboral e inspección de activos SSO
En el párrafo 3 de su artículo 32, el Reglamento de Seguridad Minera establece que:
“Las líneas de mando de las empresas deberán incorporar en sus programas la revisión periódica del
estado de los elementos de protección personal…”
No obstante, el alcance de la obligación sería extendido por la actualización del Reglamento de Seguridad Minera. En esta se propone modificar el artículo 26 para estipular la obligatoriedad de mantener un Sistema de Gestión de la Seguridad para cada faena, en el que la empresa titular deberá:
“…elaborar y mantener un sistema documentado de reglamentos internos, procedimientos, instructivos, planes y programas de trabajo que garanticen la seguridad de los trabajadores, el cuidado de las instalaciones, equipos y maquinarias y el cumplimiento de las exigencias que establece el presente Reglamento”
Cabe señalar que entre las exigencias del “presente Reglamento” se encuentra la obligación de disponer de los activos SSO, como es el caso del artículo 23, que exigiría para toda faena:
“…mantener camillas para rescate y transporte, instaladas en lugares accesibles y debidamente señalizadas; mantas o frazadas de protección; y botiquín de primeros auxilios, con los elementos necesarios para la primera atención de accidentados…”
Cumplir con dichas obligaciones abre la necesidad implícita de establecer en los programas de HSEQ la inspección periódica de los activos de seguridad y salud ocupacional, reforzada por el literal F del artículo 28 que reza que, dentro del Programa Anual de Seguridad, cada faena minera deberá comprender acciones referentes al “control e inspección de los elementos de protección personal”.
Inspección de extintores y prevención y control de incendios
Al hablar de las normas de seguridad laboral aplicables a las faenas mineras, cuya extracción subterránea o a rajo abierto y/o tratamiento de minerales sea igual o inferior a 5.000 toneladas por mes, el Reglamento de Seguridad Minera establece en su artículo 605 que se debe tener elementos de extinción y contar con capacitaciones al personal sobre prevención y control de incendios.
Pero con la actualización hay que ir mucho más allá: en el Artículo A del Capítulo Décimo Primero (Control de incendios), se estipula que toda faena debe contar con un procedimiento de seguridad en caso de incendio, que contenga, entre otros, elementos de extinción de incendios, en buen estado y en lugares señalizados.
Para cumplir cabalmente con este mandato es necesario remitirse al Reglamento de Requisitos de Seguridad y Rotulación de los Extintores Portátiles, que establece todas las normas de etiquetado, inspección, revisión técnica y mantenimiento.
En conclusión, en el sector minero se hace imprescindible un programa de gestión de Seguridad y Salud Ocupacional, que contemple inspecciones periódicas de todos los activos SSO. Y en ello resulta de extremo valor la implementación de un Software HSE.
Un sistema HSEQ es una herramienta informática especializada en la gestión de la información de los programas de SSO, y apoya el cumplimiento de toda la normativa vigente en el país, así como la automatización de tareas y la optimización de las inspecciones de seguridad.